sábado, 20 de febrero de 2010

"Kirchner" palabra no permitida. A que punto llegó Clarin !!!


Gracias al Conurba - agrandadisimo con su nuevo blog - nos enteramos de esta nueva disposicion interna de Clarin.
Art 1. No se pueden inscribir equipos en el concurso GRAN DT que contengan -entre otras -la palabra "KIRCHNER".

Prueben...

Ah claro, la Gorda si se puede poner, pero al Pinguino no?...qué onda?

guille dijo... 11

Nada original lo de clarinete.

2 Prohibición de elementos de afirmación ideológica o de propaganda peronista. Decreto-Ley 4161 (5 de marzo 1956):
"(...) Art. 1º - Queda prohibida en todo el territorio de la Nación:
a)- La utilización, con fines de afirmación ideológica peronista, efectuada públicamente, o de propaganda peronista, por cualquier persona, ya se trate de individuos aislados, grupos de individuos, asociaciones, sindicatos, partidos políticos, sociedades, personas jurídicas públicas o privadas, de las imágenes, símbolos, signos, expresiones significativas, doctrinas, artículos y obras artísticas, que pretendan tal carácter o pudieran ser tenidas por alguien como tales, pertenecientes o empleados por los individuos representativos u organismos del peronismo.
Se considerará especialmente violatoria de esta disposición, la utilización de la fotografía, retrato o escultura de los funcionarios peronistas o sus parientes, el escudo y la bandera peronista, el nombre propio del presidente depuesto, el de sus parientes, las expresiones "peronismo", "peronista", "justicialismo", "justicialista", "tercera posición", la abreviatura "P.P.", las fechas exaltadas por el régimen depuesto, las composiciones musicales denominadas "Marcha de los muchachos peronistas" y "Evita capitana" o fragmentos de las mismas, la obra "La razón de mi vida" o fragmentos de la misma, y los discursos del presidente depuesto y de su esposa o fragmentos de los mismos. (…)
Art. 3º - El que infrinja el presente decreto-ley será penado:
a)- Con prisión de treinta días a seis años y multa de m$n. 500 a m$n. 1.000.000.
b)- Además, con inhabilitación absoluta por doble tiempo del de la condena para desempeñarse como funcionario público o dirigente político o gremial;
c)- Además, con clausura por quince días, y en caso de reincidencia, clausura definitiva cuando se trate de empresas comerciales.
Cuando la infracción sea imputable a una persona colectiva, la condena podrá llevar como pena accesoria la disolución.
Las sanciones del presente decreto-ley no serán susceptibles de cumplimiento condicional, ni será procedente la excarcelación. (…)
Art. 5º - Comuníquese, etc. - Aramburu. - Rojas. - Busso. - Podestá Costa. - Landaburu. - Migone. - Dell’Oro Maini. - Martínez. - Ygartúa. - Mediondo. - Bonnet. - Blanco. - Mercier. - Alsogaray. - Llamazares. - Alizón García. - Ossorio Arana. - Hartung. - Krause."

Fuente: Blog Derek Dice http://derekdice.blogspot.com/2010/02/kirchner-palabra-no-permitida.html

1 comentario:

  1. Es de no creer !!! Pero es muy pelotudo.
    Nobleza obliga. yo le puse CFK y me lo permitió, a no ser que no se dieron cuenta !!!

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